LA CORTE DE LOS MILAGROS

Gobernador substituto: artículo 74 no inhabilita a Sergio Salomón

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Una mala noticia para quienes aseguran que el diputado Sergio Salomón Céspedes Peregrina no puede ser considerado para ser nombrado gobernador substituto, por supuestamente no cumplir con el artículo 74 de la Constitución Política del Estado de Puebla.

Quienes esgrimen este artículo citan la fracción IV del mismo que textualmente dice: “Para ser gobernador se requiere… No ser funcionario de la Federación, del Estado o del Municipio, ni militar en servicio activo o con mando de fuerzas dentro del Estado, a menos que se separe del cargo o servicio cuando menos noventa días antes de la elección”. (Las cursivas son mías).

De acuerdo con abogados constitucionalistas esa fracción NO APLICA, pues no hay ninguna elección en puerta.

El nombramiento de un gobernador substituto obedece a un evento o acontecimiento súbitoextraordinario o de emergencia, cuyo propósito es suplir la ausencia de un gobernador constitucional de elección popular.

Al no haber un proceso electoral próximo o cercano en Puebla, esta disposición constitucional de “a menos que se separe del cargo o servicio cuando menos noventa días antes de la elección”, no puede hacerse efectiva a un gobernador substituto nombrado por el Congreso del Estado.

Con lo anterior no quiero decir que el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la LXI Legislatura local, Sergio Salomón Céspedes, vaya a ser el favorecido para concluir el periodo del gobernador Miguel Barbosa en diciembre de 2024. Creo que tiene posibilidades, pero que su nombramiento tendrá que pasar irremediablemente el filtro de Palacio Nacional.

Lo que sí sostengo es que no tiene ningún impedimento legal o constitucional para ser gobernador substituto, como tampoco lo tendrían otros secretarios del gabinete o legisladores locales y federales.

El ex presidente municipal de Puebla y ex rector de la BUAP, Enrique Doger Guerrero, tampoco tiene dificultades legales. Cumple con los requisitos establecidos en la Constitución. Sus objeciones son más bien de orden político, pues difícilmente el grupo barbosista dejará que un enemigo jurado del desaparecido mandatario lo reemplace. Por esa misma razón creo que habría que descartar al exsecretario de Gobernación Fernando Manzanilla Prieto o al súper delegado del Gobierno federal, Rodrigo Abdala Dartigues. Ninguno de ellos tendría el visto bueno de la dirigencia estatal de Morena, ni de los diputados locales de este partido.

Si no fuera Sergio Salomón Céspedes creo que la búsqueda habría que extenderla entonces a otros actores y políticos del pasado reciente, a ex diputados federales de Morena y a unos cuantos funcionarios de la administración de Manuel Bartlett que mantienen una buena imagen. No todos son militantes o simpatizantes de Morena, pero si personajes con buena imagen y reputación pública como Carlos Alberto Julián y Nacer y Luis Antonio Godina Herrera por mencionar sólo nombres.

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