LA CORTE DE LOS MILAGROS

Sistema Estatal Anticorrupción, la misma gata pero revolcada

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  • RMV se blinda con magistrados, fiscal y auditor, nombrados por él

Rodolfo Ruiz R.

Sin darle gran difusión pese la importancia del tema, el Congreso de Puebla aprobó el martes la reforma constitucional que crea el Sistema Estatal Anticorrupción, que en términos generales incorpora y adecua la Constitución local a las reformas y adiciones que se hicieron en el ámbito federal.

Vista con detalle, la reforma tiene un claro sentido gatopardista: cambiar para que todo se mantenga igual, ya que no prevé acciones o medidas para ir a fondo en el combate corrupción, la rendición de cuentas y nombramiento de autoridades respetadas y respetables para sancionar conductas y delitos por desvío, malversación de recursos públicos, tráfico de influencias y uso de información privilegiada en provecho propio.

El Sistema Estatal Anticorrupción establece que serán cinco los organismos responsables de combatir la corrupción en Puebla: el Poder Legislativo, la Contraloría, la Auditoría Superior del Estado, la Fiscalía Anticorrupción y el Tribunal de Justicia Administrativa.

Sin embargo para que alguno de estos pueda sancionar, destituir, inhabilitar o iniciar un proceso administrativo y penal en contra del gobernador, algún diputado o magistrado, el Congreso de Puebla primero tiene que iniciar un juicio político, erigirse en Gran Jurado y aprobar por mayoría calificada si hay o no lugar para fincar alguna responsabilidad.

Y eso porque en Puebla, a diferencia de otras entidades, los legisladores decidieron mantener el fuero constitucional.

El viernes pasado, Enrique Cárdenas Sánchez argumentó en un interesante artículo publicado en El Universal, cómo en Puebla el gobernador Rafael Moreno Valle se blindó contra el Sistema Anticorrupción, anticipándose a nombrar a quien había designado procurador del estado, Víctor Carrancá Bourget, como fiscal general por un periodo de siete años, a partir de enero de 2016. http://www.eluniversal.com.mx/entrada-de-opinion/articulo/enrique-cardenas-sanchez/nacion/2016/10/28/el-blindaje-anticorrupcion

 

El director del Centro de Estudios Espinosa Yglesias refiere que este blindaje se extiende con los tres magistrados del nuevo Tribunal de Justicia Administrativa, que serán designados por el gobernador Moreno Valle para un periodo de 15 años y ratificados por el voto de la mayoría de los diputados del Congreso local.

Por increíble que parezca, estos magistrados —que serán los encargados de resolver las controversias que surjan entre particulares y funcionarios y de juzgar los casos de corrupción— no serán nombrados por mayoría calificada, ni propuestos por la sociedad civil o el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción, sino única y exclusivamente por el gobernador, con el aval de la mayoría de los diputados.

Cárdenas Sánchez dice que un tercer elemento de este blindaje es el fiscal anticorrupción, que no será seleccionado por el Congreso y tampoco por el Comité de Participación Ciudadana, sino por el Fiscal General del Estado, es decir por Víctor Carrancá, el procurador nombrado por Rafael Moreno Valle al inicio de su sexenio.

En efecto, el reformado artículo 98 de la Constitución local dice ahora: “La Fiscalía General del Estado contará con las Fiscalías Generales o Especializadas que establezca la Ley, entre ellas la de Combate a la Corrupción, cuyos titulares serán nombrados y removidos por el Fiscal General del Estado. El nombramiento y remoción de los Fiscales podrá ser objetado por el Congreso, mediante el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, en el plazo que fije la Ley. Si el Congreso no se pronunciare en este plazo, se entenderá que no tiene objeción”.

Por absurdo que parezca el Congreso no puede designar al fiscal anticorrupción, sino sólo objetarlo y eso sí lo hace con mayoría calificada, requisito que, paradójicamente, no se pide para el nombramiento de los tres magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa.

Por lo que hace a la Auditoría Superior del Estado (ASE), las reformas aprobadas sí le otorgan mayores atribuciones para revisar —desde el primer día hábil del ejercicio fiscal siguiente— a cualquier sujeto obligado, o para revisar información de anteriores cuentas públicas, pero no la dotan de autonomía para independizarse de la Comisión Inspectora o del mismo Congreso.

La reforma aprobada no considera la ratificación del actual auditor general David Villanueva Lomelí, a quien el gobernador Moreno Valle también le garantizó su permanencia transexenal hasta noviembre de 2019.

El artículo sexto transitorio de la reforma constitucional también garantiza la continuidad del actual contralor y de los titulares de los órganos internos de control estatales, municipales y de los  organismos constitucionalmente autónomos que se encuentren en funciones.

Ahora entiende por qué sostengo que la reforma que crea el Sistema Estatal Anticorrupción tiene un inequívoco sentido gatopartista: de cambiar y adecuar la Constitución y demás leyes reglamentarias para que todo siga igual.

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